Está en trámitación un nuevo Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos

EL Reglamento (CE) nº 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH), y las sucesivas adecuaciones legislativas que de dicha normativa se han ido elaborando, suponen nuevas clases y categorías de peligro que no se corresponden en su totalidad con las utilizadas en la actual reglamentación de almacenamiento de productos químicos.

Por otra parte, la evolución de la técnica y la experiencia que se ha ido acumulando con la aplicación de las instrucciones técnicas, ha puesto de manifiesto la necesidad de reelaborar toda la reglamentación sobre almacenamiento de productos químicos peligrosos para adaptándola a las nuevas clases y categorías de peligro, y al progreso técnico.

La nueva normativa sobre almacenamiento de productos químicos, que se aprueba con este Real Decreto, consta de un Reglamento y de once instrucciones técnicas complementarias. Con respecto a la anterior reglamentación, el presente proyecto de Real Decreto incorpora dos nuevas instrucciones técnicas complementarias, la MIE APQ-0 “definiciones generales” que incluye las definiciones comunes a todas las instrucciones técnicas complementarias eliminándose de ellas para simplificarlas y unificar al mismo tiempo las definiciones, y la MIE APQ-10 “almacenamiento de recipientes móviles” en la que se establecen las prescripciones técnicas a los que han de ajustarse las instalaciones de almacenamiento, carga y descarga de productos químicos en recipientes móviles.

El proyecto de Real Decreto se encuentra a disposición de los interesados, para el cumplimiento del trámite de información pública. El plazo para presentar las eventuales observaciones finalizará el día 01 de junio de 2015.

Las observaciones, que deberán ser motivadas y con texto alternativo, podrán cursarse vía correo electrónico:

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