A partir del 1 de octubre de 2023 las empresas tendrán que dar de alta en la SS a todos los becarios (estén o no remuneradas las prácticas). Es una de las medidas reguladas en el RD Ley de reforma de las pensiones.
En efectos, las empresas que acojan becarios (prácticas formativas o prácticas académicas externas, incluyendo las realizadas por alumnos universitarios y de Formación Profesional, deberán dar de alta en la Seguridad Social a todos los becarios (perciban o no remuneración).
En la actualidad, respecto de las personas que desarrollan programas de formación, prácticas no laborales en empresas y prácticas académicas externas, que no tengan carácter remunerado, no hay que darles de alta en la Seguridad Social.
La medida entrará en vigor el 1 de octubre de 2023 (se crea una Disp. Adicional Quincuagésima Segunda dentro del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social LGSS, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre).