Que ya dictaminó en el 2015 sobre el derecho a desconectar
El Tribunal Supremo declaró en septiembre de 2015 que la cláusula de los contratos de trabajo que obligan a los empleados a facilitar el número de móvil o correo electrónico a la hora de firmar un contrato laboral es abusiva. La doctrina del alto tribunal español va en la línea de medidas como las adoptadas en Francia con el objetivo de asegurar un derecho de los trabajadores a desconectar del trabajo.
Para el Supremo, en todo caso, dicho requerimiento de datos que permiten localizar al trabajador debería aparecer en los contratos como "voluntario", al ser éste la parte más débil a la hora de la firma de este tipo de documentos.
Fuente.: LA VANGUARDIA/
(EUROPA PRESS)