Por la que se adopta el criterio sobre versión de norma UNE a aplicar
Para la puesta en servicio de instalaciones de protección contra incendios conforme al Real Decreto 1942/1993 (RIPCI). Por parte de los servicios técnicos de las diversas Delegaciones Territoriales se planteó disyuntiva sobre si la versión de norma UNE 23007, sistemas de detección y alarma de incendios, a tener en cuenta para la puesta en servicio de instalaciones contraincendios conforme al Real Decreto 1942/1993 debería ser la UNE 23007/14:1996, versión que se contiene en la Orden de 16 de abril de 1998 (BOE n.º 101, de 28-04-1998) o bien la UNE 23007/14:2014, aprobada por la Resolución de 6 de marzo de 2014, de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa (BOE n.º 71, 24 de marzo de 2014).
A la vista de lo expuesto anteriormente, para unificar el criterio en los tres Territorios de la CAE vengo a dictar la siguiente instrucción:
- En la puesta en servicio de instalaciones de protección contra incendios conforme al Real Decreto 1942/1993, la versión de la norma UNE a verificar por los servicios técnicos de las Delegaciones Territoriales del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad será desde la fecha que establezca la resolución correspondiente, la última que haya sido publicada por parte del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.